GONZÁLEZ VICÉN, FELIPE
PRÓLOGO (Eusebio Fernández García).- INTRODUCCIÓN: La importancia de los temas filosófico-políticos.- Las ideas políticas y su vehículo histórico.- Carácter de este trabajo. Una advertencia preliminar.- I. EL PROBLEMA GENÉTICO DE LA REVOLUCIÓN: Los términos de la cuestión.- Forma, sustancia histórica y adecuación.- Panorama histórico del fenómeno revolucionario.- Confirmación de la tesis: Roma, la Edad Media, el renacimiento jurídico de Bolonia, los albores de la Edad Moderna, la época de las revoluciones.- Derecho privado y ritmo social en nuestros días.- Actitudes.- Perspectivas.- II. LA TIPIFICACIÓN: La palabra «revolución».- A. El concepto del orden jurídico: Función del Estado y dinámica jurídica.- La producción escalonada del Derecho.- La Constitución como centro del sistema.- Leyes, reglamentos, sentencias y negocios jurídicos.- La Administración.- Función administrativa directa e indirecta.- B. Figura política de la revolución: El elemento teleológico en la ruptura del orden jurídico.- La revolución y otras figuras ideológicas afines: golpe de Estado, conquista, reformas constitucionales.- III. EL DERECHO POST-REVOLUCIONARIO: La ordenación jurídica y los fines de la revolución.- A: Fuentes de Derecho positivo.- La idea kelseniana de la soberanía política.- La última fundamentación de los órdenes jurídicos partires sobre un supuesto lógico.- La revolución, fuente originaria de Derecho positivo.- B: El examen crítico de las normas post-revolucionarias.- Arbitrariedad y Derecho.- La inviolabilidad.- La autarquía.- La esencia escuetamente formalista de lo jurídico.- IV. LA UNIDAD DEL ORDEN JURÍDICO Y EL HECHO REVOLUCIONARIO: Soberanía política y coexistencia de Estados particulares.- El monismo jurídico bajo el prisma de los Estados soberanos.- Derecho político externo.- El primado del orden jurídico internacional.- La Kompetenzhoheit.- El principio de «facto» del orden jurídico internacional.- Una observación y un comentario.- V. EL DERECHO DE RESISTENCIA FRENTE A LOS PODERES INJUSTOS: Carácter de los sistemas filosófico-políticos. Sentido de esta exposición.- A. La Antigüedad: Aspectos de la doctrina política en la India y en China.- La Ciudad Estado en Grecia.- El Imperio universal de Roma. B. El cristianismo. La Edad Media. La contienda entre el Papado y el Imperio: Sentido apolítico de la doctrina cristiana primitiva.- Elaboración posterior: San Pablo, Orígenes, San Agustín.- Los comienzos de la Edad Media.- Iglesia y Estado.- Juan de Salisbury.- Santo Tomás.- Marsilio de Padua y Guillermo de Ockam.- El movimiento conciliar: Juan Gerson, Nicolás de Cusa y Eneas Silvio.- C. La Reforma. Los Monarcómacos. La Compañía de Jesús: El movimiento reformista y su carencia de un verdadero sistema político.- Lutero, Melanchton, Calvino.- Los primeros monarcómacos.- La «Vinditiae contra Tyrannos».- Juan Buchanan, Althusio.- La creación de la Compañía de Jesús y su intervención en las luchas religiosas.- Los jesuitas Juan de Mariana, Roberto Bellarmino y Francisco Suárez.- D. La época de las revoluciones en Inglaterra: Los prolegómenos de la Revolución inglesa.- Jacobo I y el Parlamento.- La filosofía política de la República y la Restauración.- Milton y Sydney.- E. La Ilustración: Filosofía metafísica y filosofía antropológica.- La Aufklärung.- El Derecho natural: Locke y Rousseau.- F. La Revolución francesa: La filosofía iusnaturalista y la Revolución francesa. La ecuación del problema.- La «Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano» de 1789 y su significación en el Continente.- La obra de Napoleón.- G. Las ideas modernas: La racionalización y las realidades sociales.- La ley de la Cultura.- El Derecho natural como vanguardia del individualismo.- Estado e individuo en la doctrina actual.- El Derecho y lo histórico-social.- La revolución como medio para hacer efectivos los valores individuales.
Teoría de la revolución. Sistema e historia consta de dos partes. Una primera parte corresponde a los cuatro primeros capítulos y se dedica a tratar el problema genético de la revolución, su tipificación, la caracterización del derecho post-revolucionario y cómo afecta el hecho revolucionario a la unidad del orden jurídico. El quinto capítulo conforma la segunda parte y trata sobre el derecho de resistencia en la Antigüedad, el Cristianismo, la Reforma, la Inglaterra revolucionaria, la Ilustración y la Revolución francesa.
Felipe GONZÁLEZ VICEN. Los trabajos de Felipe González Vicen (1908-1991) se hallan recogidos en Estudios de Filosofía del Derecho (1979) y De Kant a Marx. Estudios de historia de las ideas (1984). Su escrito de 1978 sobre la obediencia al derecho generó una interesante polémica entre los filósofos del derecho y los filósofos morales españoles. Tradujo textos de Guicciardini, Berkeley, Vico, Kant, Hegel, Nietzsche, Bloch, Welzel y Austin