ARGUDO GUTÍERREZ, CARLOS
PRÓLOGO
ÍNDICE DE ABREVIATURAS
1. INTRODUCCIÓN
1.1. Delimitación de la figura
1.2. Motivos de aparición
1.3. Estadísticas
2. NECESIDAD DE REGULACIÓN
2.1. La adecuación a la realidad social
2.2. Axiología
2.3. Convivencia
3. MOSAICO DE NORMAS
3.1. Ámbito estatal
3.1.1. Iniciativas legislativas parlamentarias
3.1.2. Cronología de normas estatales
3.2. Ámbito autonómico
3.3. Futura ley de parejas de hecho
4. POSICIONES JURISPRUDENCIALES
4.1. Apuntes introductorios
4.2. Tribunal Supremo y parejas de hecho
4.2.1. Consecuencias económicas de la extinción de la unión
4.2.2. Convivencia y normativa prestacional
4.3. La pareja de hecho en la doctrina del Tribunal Constitucional
5. PAREJA DE HECHO Y DERECHO MERCANTIL
5.1. Legislación sobre sociedades de capital
5.2. Legislación sobre sociedades cooperativas
5.3 Legislación concursal
5.3.1. Apuntes históricos
5.3.2. La pareja de hecho en la Ley Concursal de 2003. Ar- tículo 93
5.3.2.1. Amplitud de la figura del compañero
5.3.2.2. Consecuencias
5.3.2.2.1. Presunción de perjuicio patrimonial. Artículo 71
5.3.2.2.2. Subordinación del crédito del artículo 92.5º
5.3.2.2.3. Incompatibilidad como administrador concursal del artículo 28.1
5.3.2.2.4. Rigor en la falta de impugnación de la calificación como persona especialmente relacionada del artículo 97.2
5.3.2.2.5. Prohibición de representación en la junta de acreedores del artículo 118.2
5.3.3. La pareja de hecho tras la reforma de 2011
5.3.3.1. Diversidad de unidades de convivencia
5.3.3.2. Reconocimiento en nuevos apartados
5.3.3.2.1. Concursos conexos. Artículos 25.3 y 25 bis 1.6
5.3.3.2.2. Derecho de alimentos del artículo 47
5.3.3.2.3. Desafortunada inclusión en el artículo 93 como persona especialmente relacionada
5.3.3.2.4. Extinción del derecho de alimentos en la fase de liquidación del artículo 145.2
6. CONCLUSIONES
7. BIBLIOGRAFÍA
8. ÍNDICE DE JURISPRUDENCIA
Tribunal Constitucional
Tribunal Supremo
Antiguas Audiencias Territoriales
Audiencias Provinciales
Dirección General de Registros y Notariado
La pareja de hecho, durante siglos condenada, durante décadas tolerada y elevada en nuestros días a institución del Derecho de familia, continúa, a pesar de su creciente número, siendo una figura de contornos poco definidos y fuente permanente de problemas sin solucionar, derivados de la dificultad inicial de conjugar libertad y seguridad jurídica.
La legislación mercantil las recoge puntualmente en la normativa de sociedades de capital y cooperativas y con más amplitud en la Ley Concursal.
La libertad que debe presidir la esencia de estas uniones no es motivo para excluir su regulación legal, pero su reconocimiento, dado el singular tratamiento dado en nuestro país, producto de la abstención del legislativo estatal, la proliferación de normas autonómicas, la contradictoria jurisprudencia que la rodea y la inexistencia de unidad de criterio en los procedimientos judiciales que les afectan, debe ser tratado con mucha cautela sin dejar cabos sueltos que nos lleven a situaciones no deseadas.
Carlos Argudo Gutiérrez es profesor del Departamento de Derecho Mercantil de la Universidad de Cádiz, licenciado en Derecho por esa Universidad, Diploma de Estudios Avanzados por la UNED y Doctor en Derecho por la Universidad de Cádiz con la tesis Concursos conexos de parejas de hecho: un estudio desde el Derecho español, obteniendo la calificación de sobresaliente cum laude. Imparte docencia en la Sede de Algeciras de la Universidad de Cádiz en los Grados de Derecho, Relaciones Laborales y Recursos Humanos, Administración y Dirección de Empresas y Turismo. Es componente del Proyecto de Excelencia: «Jurisprudencia y doctrina: incidencia de la doctrina española en las resoluciones judiciales de los órdenes civil, penal y laboral». De sus monografías, artículos y participación en seminarios destacamos, la obra colectiva: Uniones estables de pareja. Libertad y resistencias; los artículos «El presupuesto subjetivo de concurso conexo de las parejas de hecho»; «Las reformas del derecho de familia de julio de 2015: leyes de jurisdicción voluntaria y de modificación del sistema de protección a la infancia y adolescencia»; «La declaración conjunta de concurso de cónyuges y componentes de una pareja de hecho: concordancias y disfunciones» y «El concurso de acreedores: banco de pruebas de las distintas ramas jurídicas» en el XII foro internacional sobre evaluación de la calidad de la investigación y la educación superior (FECIES).