Una de las novedades más significativas introducidas por el legislador en el proceso civil con la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, es el me canismo creado para proteger los derechos e intereses de los consumidores y usuarios, como respuesta a las continuas reclamaciones de las asociaciones de consumidores y usuarios, así como de la sociedad en su conjunto, ante las vulneraciones que dentro de este ámbito pudieran producirse. Uno de los aspectos más atractivos, dentro de los litigios relativos a los consumidores y usuarios, es el de los intereses difusos. y, más concretamente, el mecanismo de reconocimiento, articulado dentro del proceso de ejecución, tras la sentencia de condena dictada como consecuencia de la demanda interpuesta por la asociación de consumidores y usuarias legalmente representativa: el art. 519 LECiv. La presente obra efectúa un estudio sobre dicho procedimiento de reconocimiento, analizando cuestiones tales como: el papel desempeñado por las asociaciones de consumidores y usuarios, la legitimación activa para demandar el reconocimiento, la naturaleza jurídica y el objeto del procedimiento, así como la resolución judicial que pone fin al mismo, sus diversas modalidades y su ejecución, entre otros aspectos.