PARTE PRIMERA. PROTECCIÓN DE CONSUMIDORES Y USUARIOS. Capítulo 1. La protección de consumidores y usuarios. Capítulo 2. La legislación española sobre defensa de los consumidores. Capítulo 3. La noción de consumidor. PARTE SEGUNDA. CONTRATACIÓN Y CONSUMIDORES. Capítulo 4. La formación de los contratos en general. Capítulo 5. La información contractual. Capítulo 6. Contenido contractual e integración de la publicidad. Capítulo 7. Las condiciones generales de la contratación. PARTE TERCERA. SECTORES NORMATIVOS ESPECÍFICOS. Capítulo 8. Compraventa y arrendamiento de viviendas. Capítulo 9. Los contratos celebrados fuera de los establecimientos mercantiles. Capítulo 10. Los contratos a distancia. Capítulo 11. Los viajes combinados y la protección del turismo. Capítulo 12. Los derechos de aprovechamiento por turno. Capítulo 13. La responsabilidad civil por productos defectuosos. PARTE CUARTA. DEFENSA DE LOS CONSUMIDORES. Capítulo 14. Las asociaciones de consumidores. Capítulo 15. El acceso de los consumidores a la Justicia. Capítulo 16. El sistema arbitral de consumo.
La presente obra, junto con otros méritos que el elector en seguida podrá comprobar, es la primera exposición institucional del ?Derecho de Consumo? en España debida a la pluma de un autor individual y de acreditada maestría en el conjunto del Derecho privado español. Aborda el manual los aspectos fundamentales de las políticas de protección y defensa de los consumidores y usuarios, ofreciendo además una visión completa respecto de las relaciones contractuales específicas: compraventa y arrendamiento de viviendas, contratos celebrados fuera de los establecimientos mercantiles, contratos a distancia, viajes combinados, derechos de aprovechamiento por turnos y responsabilidad del fabricante.
La presente edición de la obra, quinta, requerida por el absoluto agotamiento de la anterior, da cuenta de la generalidad de los aspectos legislativos y trabajos preparatorios, posteriores a 2010, que ha sido objeto de consideración en esta edición por primera vez y, particularmente, entre ellos de los siguientes: Directiva 2011/83/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los derechos de los consumidores; Reglamento (UE) 1169/2011, del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor; Reglamento (UE) 655/2013 de la Comisión, sobre criterios comunes acerca de las reivindicaciones relativas a los productos cosméticos; Ley 16/2011, de contratos de crédito al consumo; Ley 4/2012, de contrato de aprovechamiento por turno; Real Decreto-ley 13/2012, por el que se transponen directivas en materia de mercados interiores de electricidad y gas y en materia de comunicaciones electrónicas; Ley 12/2012, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios; Ley 3/2013, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia; Ley 10/2013, por la que se incorporan las Directivas 2010/84/UE, sobre farmacovigilancia, y 2011/62/UE, sobre prevención de la entrada de medicamentos falsificados en la cadena de suministro legal; Ley 2/2012, gallega, de protección general de las personas consumidoras y usuarias; Ley vasca 2/2012, de modificación de la Ley 6/2003; Ley 5/2013, para la defensa de los consumidores de la Comunidad Autónoma de La Rioja; Proyecto de Ley del Gobierno de España 121/71, por la que se modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios; Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo [2011/0344 (COD)] por el que se establece el Programa de Derechos y Ciudadanía para el periodo 2014 a 2020; y Propuesta de Código Mercantil elaborada por la Sección de Derecho Mercantil de la Comisión General de Codificación.
Carlos Lasarte, antiguo becario del Real Colegio de España en Bolonia (Italia), nobilísima y más que centenaria institución a la que está dedicada este libro, es Vocal Permanente de la Comisión General de Codificación (Ministerio de Justicia) y ha sido Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Servilla (1980-1989) y Vocal de la Comisión Gestora encargada de la Instauración de la Universidad Carlos III de Madrid (1989-1992). Desde octubre de 1992 desempeña la Cátedra y la dirección del Departamento de Derecho Civil en la Universidad Nacional de Educación a Distancia, en Madrid.
Carlos Lasarte, Vocal Permanente de la Comisión General de Codificación, ha sido Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla (1980-1989) y Vocal de la Comisión Gestora encargada de la instauración de la Universidad Carlos III de Madrid (1989-1992). Desde octubre de 1992 desempeña la Cátedra en la UNED (Madrid), de cuyo Departamento de Derecho Civil es Director.