GARCÍA GÓMEZ DE MERCADO, FRANCISCO
Según el artículo 33.3 de la Constitución española, nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes . En el libro se estudia el otro aspecto fundamental de la expropiac ión (aparte de que se pague el justo precio), cual es la justificación en una causa de utilidad pública o de interés social y la posible reversión de los bienes o derechos expropiados si tal causa de utilidad pública o interés social se frustra o no se llega a cumplir, comenzando, como base de lo que luego se dirá, por el concepto y regulación de la expropiación forzosa, su naturaleza y fundamento, y sus elementos. Examina el presupuesto de toda expropiación forzosa, cual es la existencia de un interés público, legal y constitucionalmente calificado como causa de utilidad pública o interés social (dualidad que, como veremos, no representa, realmente, una diferenciación de régimen jurídico).